Nadie puede discriminarte, ¡conoce tus derechos!
En Chile, la discriminación arbitraria está regulado por la ley n° 20.609, más conocida como ley Zamudio. En ella indica qué se entiende por discriminación arbitraria y qué razones aplican, como la orientación sexual o el estado de salud. Lamentablemente, esta ley no es preventiva y sólo puede invocarse cuando han ocurrido hechos de discriminación arbitraria, actuando como un agravante en caso de agresiones, violencia y faltas. Lo destacable, es que tanto el código del trabajo, las leyes de educación y el estatuto de funcionarios públicos fueron modificados y hoy entienden la discriminación y su sanción dentro de sus marcos normativos.
Nuestra constitución asegura la igualdad legal, a través del segundo numeral del artículo 19, sobre garantías y deberes, el Estado asegura que debemos ser tratados igual que el resto incluyendo el trato y atención en los servicios públicos sanitarios. Para ello, es interesante conocer la ley n° 20.584 sobre derechos y deberes del paciente, puesto que suele estar colgado de manera legible en los centros de atención de salud, entregando mensajes claves sobre el trato que debemos recibir, lo que está prohibido y el énfasis en el trato respetuoso que deben tener los profesionales con los usuarios -y viceversa-. Es importante destacar que esta ley aplica tanto para los usuarios del seguro público de salud, como para los prestadores privados, sobre todo en caso de GES.
Las garantías explícitas de salud (GES) nos permiten tener servicios mínimos ante no contar con derecho a salud en la constitución. Es una ley de menor rango que de todas formas obliga a la atención y control de distintas patologías, entre ellas el VIH siendo la número 18. ¿Por qué son tan relevantes? Por que al ser garantías obligan al Estado a prestarlas en los tiempos y condiciones que la ley indica. Si sufres algún tipo de negativa ante querer tomarte el test, vincularte a un servicio o recibir tu medicación, pueden llamar a la Superintendencia de salud, quién es el órgano fiscalizador de nuestras garantías acorde a lo que dice la ley y fiscaliza tanto a los privados (Isapres) como a los públicos (Fonasa y hospitales).
En caso de recibir un trato discriminatorio que no afecta la entrega de servicios (medicación, exámenes, vacunas, controles médicos, test), puedes realizar el reclamo en la Oficina de información, reclamos y sugerencias (OIRS) disponible en todo centro de salud público y/o presentar todos los antecedentes para solicitar un procedimiento disciplinario al personal que te discriminó a través de la ley sobre derechos y deberes del paciente. Debemos dejar constancias de estos actos para que no vuelvan a ocurrir.
Si bien la ley que uno tiene más presente es la ley n° 19.779 o “Ley del SIDA”, esta entrega algunas orientaciones para el Ministerio de Salud, generado algunos principios que deben ser recurridos, en caso de su vulneración, ante tribunales civiles volviendo el caso en algo bastante engorroso y costoso. Lo destacable de esta normativa, es que vincula al VIH con la garantía del numeral cuarto del artículo 19 sobre “respeto y protección de la vida privada”, por lo que difundir el estatus seropositivo de cualquier persona es considerado un delito, reforzado con la ley n° 19.628, sobre protección de datos personales.
Finalmente, esta ley en sus artículos 7° y 8° indica que ningún funcionario o trabajador puede ver limitada su contratación o permanencia laboral por vivir con VIH, así como tampoco se pueden solicitar pruebas de entrada o permanencia -a excepción de fuerzas armadas y de orden-, lo mismo aplica para establecimientos educacionales donde la Superintendencia de educación cumple un rol de fiscalización.
Para casos que excedan el rol de la OIRS, leyes antes nombradas (Antidiscriminación, Sida, derechos y deberes del paciente y GES) o de las superintendencias, se puede presentar con asesoría legal un recurso de protección en caso de que algunas de las garantías constitucionales, como el derecho a la privacidad, vida, protección de la salud u otras sean respetadas ante la justicia. Este es un trámite complejo y extenso, pero el apoyo de @CEVVIH siempre puede brindarse.